El tratamiento fiscal y contable de los intereses percibidos es el mismo que el de una cuenta a plazo fijo y debería ser bien conocido por su contable.
Solo se contabilizan las plusvalías realizadas; las plusvalías latentes no se contabilizan, pero requieren una reintegración fiscal. El tipo aplicable es el tipo normal del impuesto sobre sociedades del 25%.
Asientos contables
Depósito de fondos:
Debe: Cuenta 503 «Acciones» (importe del depósito)
Haber: Cuenta 512 «Banco» (importe del depósito)
Retirada de fondos:
Debe: Cuenta 512 «Banco» (importe total de la retirada)
Haber: Cuenta 503 «Acciones» (importe del depósito inicial)
Haber: Cuenta 767 «Beneficios netos por cesión de valores mobiliarios» (plusvalías)
Reintegración fiscal
Al cierre de las cuentas, las plusvalías latentes deben reintegrarse fiscalmente en la línea XR del formulario 2058-A.
